Novedades

Encuesta
Programa MAGyP: Programa Social Agropecuario (PSA) (03/05/2011)

El Programa Social Agropecuario es una propuesta de promoción dirigida a los pequeños productores minifundistas de todo el país, tendiente a superar las restricciones financieras, productivas y sociales y lograr, a través de una estrategia organizativa grupal, una inserción social más plena y equitativa de los mismos.

Objetivos 

*Contribuir, mediante la asistencia técnica y financiera y la capacitación, al mejoramiento de las actividades productivos y de los niveles de ingreso de los productores minifundistas.

*Generar un espacio de participación que facilite la organización de los productores minifundistas, a los efectos de que puedan asumir su propia representación y desarrollar su capacidad de gestión.

*Promover la participación organizada de los pequeños productores en las decisiones de políticas, programas y proyectos a nivel local, provincial y nacional

*El PSA cuenta con el financiamiento del Estado Nacional (Ley de Presupuesto), habiendo iniciado sus acciones en abril 1993, las que continúan hasta el presente.

Características del Programa

El Programa Social Agropecuario se implementa a través del desarrollo de Emprendimientos Productivos Asociativos (EPAs) tanto para actividades de autoconsumo como para las dirigidas al mercado, basados en cuatro líneas de acción: asistencia financiera, asistencia técnica, apoyo a la comercialización y capacitación

La Asistencia Financiera consiste en créditos de hasta $500 por familia y $5000 por grupo para la línea de autoconsumo, (sin tasa de interés), y hasta $2400 por familia y 50000 por grupo para los EPAs Tradicionales e Innovadores (a una tasa del 6% y 4% respectivamente)

Destinatarios

El PSA entiende por productor minifundista, el que cumple con los siguientes requisitos generales:

-El productor y su familia realizan trabajos directos dentro de la explotación, estando ubicada dentro de la misma su vivienda permanente.

-No existe contratación de trabajo asalariado permanente, admitiéndose los casos de contratación de empleo transitorio en momentos picos de trabajo imposibles de cubrir con la mano de obra familiar.

-No existen otras fuentes de ingresos, exceptuándose los casos de los extraprediales provenientes de remuneración por trabajos transitorios o la elaboración artesanal, no superiores al salario del peón rural.

-El nivel de ingresos provenientes de la explotación no supera el valor mensual de dos salarios correspondientes al peón agropecuario permanente.

-El nivel de capital (mejoras y capital de explotación) de la unidad productiva no supera el equivalente a un tractor mediano (70-80 HP) semiamortizado (alrededor de $40.000)

Organismo

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (SAGPyA) a través de la Unidad Técnica de Coordinación Nacional (UTCN), es la responsable de la dirección, administración y control financiero; programación y seguimiento y asesoría general del Programa. A nivel provincial la ejecución es responsabilidad de las Unidades Provinciales (UPs).

Acceder a la página oficial