A continuación se presentan dos criterios de clasificación muy relevantes para las empresas PyMEs en Argentina. En primer lugar la de Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, y en segundo lugar la de la Comisión Nacional de Valores (CNV) para el acceso al mercado de capitales mediante la emisión de acciones y/o valores negociables representativos de deuda.
Clasificación de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa
Mediante la Resolución SECPYME 69/2020 modificando a la Resolución General 220/2019, la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa determinó una nueva clasificación MIPyME. Esta clasificación adopta como tres criterios: las ventas totales anuales, el personal empleado y los activos.
Tabla de clasificación MiPyme detalladas en el Anexo I
A. Límites de ventas totales anuales expresados en pesos ($)
B. Límites de personal ocupado
C. Límite de activos expresados en pesos ($)
Para mayor detalle lea la Resolución General 220/2019 del 15 de abril de 2019 y la Resolución SECPYME 69/2020 del 22 de junio del 2020.
Ir a la Resolución General 220/2019
Ir a la Resolución SECPYME 20/2020
Clasificación de la Comisión Nacional de Valores (CNV) para operaciones de PyMEs en el Mercados de capitales
Para que las PyMEs accedan al mercado de capitales mediante la emisión de acciones y/o valores negociables representativos de deuda, la clasificación PyME se establece en la Resolución General 831/2020 de la Comisión Nacional de Valores (CNV). Se entiende por Pequeñas y Medianas Empresas al sólo efecto del acceso al mercado de capitales, a las empresas constituidas en el país cuyos ingresos totales anuales expresados en pesos no superen los siguientes valores:
Tabla de clasificación de la CNV*
Sector Tamaño |
Agropecuario |
Industria y Minería |
Comercio |
Servicios |
Construcción |
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PYME |
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Ir a la Resolución General 793/2019 de la CNV
Ir a la Resolución General 831/2020 de la CNV
Fuente: CNV y Boletín Oficial de la República Argentina