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Beneficios en la contratación de personal: PROGRAMA TE SUMO (01/10/2021)
Beneficios en la contratación de personal: PROGRAMA TE SUMO

Programa Jóvenes y MiPyMEs

Objetivos:

·         Promover que las pequeñas y medianas empresas que contraten jóvenes se vean beneficiadas con una reducción en contribuciones patronales, percepción de aportes no reembolsables y reciban un apoyo económico del Estado para el pago de los salarios.

·         Potenciar en forma conjunta la creación de nuevas fuentes de producción y de nuevos puestos de trabajo.

A quiénes está dirigido:

Jóvenes de 18 a 24 años de edad, que se encuentren en situación de desempleo y cuenten con los estudios secundarios completos.

MIPyMES que se encuentren inscriptas en el Registro de empresas MiPyME, con su correspondiente certificado MiPyME vigente, según los términos previstos en la Resolución N° 220 de 2019.

Contratación laboral

Las empresas que contraten jóvenes recibirán tres apoyos económicos del programa durante un período máximo de 12 meses a partir del alta del/la joven

Aporte para el pago de salarios

a través del Programa de Inserción Laboral (PIL) del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. A acreditar en la cuenta del/la joven

·         Hasta 9 meses para varones

·         Hasta 12 meses para mujeres y personas travestis, transexuales o transgénero

Aporte SEPyME para el sostenimiento de la nueva contratación a través del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo del Ministerio de Desarrollo Productivo (durante los primeros 12 meses desde la contratación).

Reducción de las contribuciones patronales durante los primeros 12 meses desde la contratación

Incluye contrataciones que se realicen por plazo indeterminado, jornada completa o reducida, contratos de trabajo agrario permanente, prestación continua o discontinua y contratos de trabajo de la construcción


De tratarse de contrataciones a tiempo parcial los beneficios se reducen a la mitad.

Los/as Empleadores/as de la Región Patagónica que posean certificado PyME vigente accederán al beneficio por la contratación con el Aporte al salario de $18.000 sin importar la cantidad de trabajadores que tengan.

Requisitos

 Acceso al programa Te Sumo

1.       Contar con CERTIFICADO MIPYME vigente. Se puede verificar en https://pyme.produccion.gob.ar/condicionpyme/

2.       Incrementar la nómina de trabajadores/as con las contrataciones de jóvenes con respecto a agosto 2021.

3.       No figurar con sanciones en el REPSAL.

4.       No haber realizado despidos masivos en los últimos 6 meses.

5.       No tener deudas exigibles de carácter impositivo, o previsional, laboral y/o de la seguridad social.

6.       En caso haber sido declarada en estado de quiebra, haber dispuesto la continuidad de la explotación, conforme a lo establecido en la Ley Nº 24.522 y sus modificaciones.

7.       No tener representantes o directores condenados por cualquier tipo de delito doloso, con penas privativas de la libertad o inhabilitación.

8.       No tener representantes o directores que desempeñen funciones en el estado nacional con cualquier carácter de vinculación.

9.       No estar dentro del PFFRP por la misma contratación.

 

Presentación

 Solicitud de acceso a beneficios

Las empresas deberán presentar ante la Agencia Territorial la siguiente información:

·         Carta de adhesión al PIL.

·         Solicitud de acceso a los ANRs Programa Jóvenes y MIPyMEs.

·         Copia legalizada del estatuto vigente.

·         Copia del acta de designación de autoridades vigentes o poder.

·         Constancia de inscripción AFIP.

·         Copia del DNI y constancia de CUIT del apoderado.

·         DDJJ Alta de trabajador/a.

·         Alta temprana en AFIP.

·         F. 931 agosto 2021.

·         Constancia de CBU.

Las altas tempranas realizadas en el marco del programa deberán darse dentro de los códigos que se asignarán a tales efectos.

Mensualmente, de forma previa al desembolso, se corroborará la continuidad del cumplimiento de los requisitos:

a)       Inexistencia de deudas previsionales e impositivas exigibles.

b)      Continuidad de la contratación por la cual accede al beneficio.

c)       Continuidad del incremento de nómina